La Protección del Inversor

Aunque sin utilizar este titular, los asiduos lectores de este Rincón habrán comprobado que el tema que hoy nos ocupa ha sido evocado en varias ocasiones, y lo seguiremos tratando por la gran importancia que reviste, a través de otros muchos temas que nos quedan por abordar. El objetivo de esta semana es mostrar que uno de los procedimientos existentes para asegurar un equilibrado uso del Mercado Continuo, funciona, y para ello, como tenemos costumbre, nos vamos a apoyar sobre un hecho concreto.

El pasado 31 de Enero, el Mercado Continuo cerró su operativa a las 17´35 h. y no a las 17 h. como es habitual. Los medios de comunicación se hicieron eco del acontecimiento, dando interpretaciones muy variadas y utilizando términos impactantes como el de "posible manipulación". Nada más lejos de la realidad. Lo ocurrido es la prueba práctica de una de las normativas existentes para proteger a todos los inversores ante movimientos bruscos del mercado.

El día 31 de Enero, el departamento de Supervisión de Sociedad de Bolsas (empresa encargada de la gestión técnica del Mercado Continuo que pertenece por partes iguales a las cuatro bolsas españolas), detectó una variación no habitual del valor del índice IBEX 35, durante los veinte minutos anteriores al cierre de la sesión. Tal y como está previsto en estos casos, se envió un mensaje a las pantallas de los operadores del mercado para informarles que el cierre de las 17 h. era provisional y que permaneciesen en espera de ser avisados sobre las decisiones que se iban a tomar. Entre las 17 h. y las 17´30 h. la Comisión de Contratación, formada por un representante de cada Bolsa, y el citado departamento de Supervisión, estuvieron analizando detalladamente las operaciones que habían dado lugar a la brusca variación del índice IBEX 35, para llegar a la conclusión de que, a pesar del evento, el valor del cierre tenía una lógica de evolución con respecto a la tendencia de toda la sesión. En consecuencia a las 17´35 h. se informó a todos los operadores que el cierre provisional de las 17 h. se convertía en definitivo, aunque esta decisión no fuese óbice para que otros organismos (por ejemplo la Comisión Nacional del Mercado de Valores) abriesen un expediente para analizar el acontecimiento. Es importante resaltar que la Comisión de Contratación podía haber decidido reabrir el mercado, si así lo hubiese considerado, para dar la posibilidad de intervenir una vez más a los operadores y que fuesen ellos los que determinasen, eventualmente con nuevas ordenes, si el nivel de los precios era

correcto o no. Se trata pues de un mecanismo que permite hacer saber a todos los intervinientes que algo no habitual ha ocurrido y que puedan corregirlo si lo desean. En definitiva, se da al inversor la oportunidad de proteger sus inversiones. Este, y otros mecanismos, permiten asegurar que las Bolsas disponen de las herramientas necesarias para velar por el interés de los inversores. Daremos otros ejemplos en próximos artículos.

La Bolsa de Valencia ha participado, participa, y participará en todas las mejoras que se puedan aportar en este área, y está a la disposición de los inversores para aclararles cualquier acontecimiento que pueda parecer extraño. No hay ningún secreto en el ámbito de la operativa bursátil.